Trabajadora no asalariada
Categoría laboral mexicana que designa a quien trabaja sin una relación patronal regulada por la Ley Federal del Trabajo. En 2014 un juzgado de distrito la reconoció aplicable a las trabajadoras sexuales de la Ciudad de México, con derecho a formar sindicatos.
Es la única categoría laboral que México creó para este trabajo, y no la creó el Congreso ni la Secretaría del Trabajo. La creó una jueza.
No es empleada y no es contratista independiente. Es una tercera figura: autoempleo lícito, con credencial expedida por la autoridad local y derecho a sindicalizarse.
En la práctica no existe. Doce años después del fallo, la Secretaría del Trabajo se niega a expedir las credenciales porque el reglamento de trabajadores no asalariados enlista solo 15 oficios y el trabajo sexual no está entre ellos. Brigada Callejera dice que la dependencia extravió unas 2,500 solicitudes.