LFDA
Ley Federal del Derecho de Autor, ordenamiento mexicano cuyos artículos 86, 87 y 231 regulan el uso del retrato de una persona y subordinan los derechos del fotógrafo a los derechos de imagen de quien aparece retratado.
Esta es la ruta que casi nadie usa y que en México es más fuerte que las otras dos. El artículo 87 dice que tu retrato solo se puede usar o publicar con tu consentimiento expreso. Expreso, y para ese uso.
Publicar en OnlyFans es consentimiento expreso para OnlyFans. No para una captura circulada en otro lado. Y no depende de quién sea dueño de la fotografía, así que sobrevive a los términos de la plataforma.
El artículo 86 pega directo al boudoir: el fotógrafo por encargo solo puede exhibir tus fotos como muestra de su trabajo con autorización previa. La protección dura tu vida más 50 años.
El costo está en el procedimiento: primero hay que agotar la infracción administrativa ante el IMPI, que es lento. Y no hay registro de ningún caso en que una creadora lo haya usado contra un sitio de rips. La ruta está sin probar.