Productor
Tercero que dirige la grabación o la sesión, define el resultado y conserva la titularidad del material. En la legislación federal estadounidense, filmar contenido sexual explícito otorga esa condición y con ella el deber de verificar y conservar prueba de edad de cada persona que aparece.
“Productor” no es un halago ni un nivel de calidad. Es una posición: quien dirige el trabajo y se queda con el resultado. Una actriz contratada es mano de obra; una creadora que se filma sola es empresaria individual. Mismo material, distinta persona económica.
En Estados Unidos, la sección 2257 convierte en productor a cualquiera que filme contenido sexual explícito, sin importar la escala: identificación oficial de cada persona en cámara, custodio de registros y archivo durante la vida del negocio más 5 años. Una empresa con nómina y una mujer con un teléfono cargan el mismo deber.
Ojo con la fotografía. Por regla general de derecho de autor, la foto pertenece a quien la tomó, así que en una sesión boudoir tú apareces y otra persona es titular. En México eso se equilibra con el artículo 87 de la Ley Federal del Derecho de Autor, que exige tu consentimiento expreso para usar tu retrato.